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Qué es el impuesto de donaciones

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) grava la transmisión de bienes o derechos entre personas e implica el incremento patrimonial de quien lo recibe.

La diferencia entre sucesión y donación es:

Si la transmisión se produce vía herencia, es decir, tras el fallecimiento de una persona, hablamos de sucesión.

Si en cambio, la transmisión se produce en vida del donante, estaríamos ante una donación.

El tributo se devenga justo cuando una persona acepta y recibe la donación.

Generalmente, las donaciones son gratuitas, es decir, una persona dona bienes o derechos a otra sin pedirle nada a cambio. Pero existen donaciones condicionadas, en las cuales el donatario no recibirá la donación hasta que cumpla una condición o requisito pactado. Por ejemplo: una persona le dice a su sobrino que si termina la Carrera con buenas notas le regalará un coche.

En el caso de donaciones de bienes inmuebles, la donación se hará ante notario y mediante escritura pública que se inscribirá en el Registro de la propiedad y de esta manera constará oficialmente quien es el nuevo propietario del inmueble desde ese momento.

Qué se puede donar

En principio se puede donar todo aquello que sea lícito, pero hay dos reglas:

  1. Solo se pueden donar los bienes poseídos, de manera que no se pueden donar los bienes futuros. Es decir, puedes donar lo que tienes, pero no lo que tendrás en el futuro.
  2. El donante tiene que reservarse o seguir siendo dueño de bienes o dinero que le permitan vivir.

Ejemplos de cosas que se pueden donar:

  • Bienes muebles: dinero, joyas, aparatos, máquinas, coches.
  • Bienes inmuebles: casas, terrenos, locales.
  • Derechos: las participaciones sociales de una sociedad.

Este impuesto está cedido a las Comunidades Autónomas, de manera que tienen competencias en lo referente a su recaudación y también pueden tener sus propias normas en cuanto a los tipos impositivos, reducciones, bonificaciones.

Quién está sujeto al impuesto de sucesiones y donaciones

  • El heredero (persona que recibe una herencia).
  • El donatario (persona que recibe una donación).
  • El beneficiario de un seguro de vida.

Dónde se tributa

Se tributará en la Comunidad Autónoma donde resida el donatario (quien recibe los bienes).

Si son bienes inmuebles, donde estén ubicados dichos inmuebles.

Para valorar el lugar de residencia de una persona, se establece que será aquél donde ha residido los cinco últimos años.

Qué tipos de donaciones existen

Hay que tener presente que no se pueden donar todos los bienes a un solo hijo (en el caso de tener varios).

Esto es debido a que los hijos son herederos forzosos de los padres, de manera que el día de mañana tienen derecho a una parte de los bienes que forman la herencia. De ahí que cuando se realiza una donación no se puede lastrar ese derecho.

Donaciones entre familiares

Una persona puede realizar una donación a cualquier familiar, incluso a una persona ajena a la familia.

Los dos casos más habituales son:

Donaciones de padres a hijos

Las donaciones de padres a hijos es el caso más habitual y también el que presenta mayores beneficios desde el punto de la fiscalidad en las Comunidades Autónomas.

Concretamente, esas ventajas fiscales consisten en bonificaciones en la cuota. De hecho en varias CC.AA puede llegar a ser un 99% de la cuota, de manera que en esas regiones el pago de donaciones de padres a hijos es simbólico (Andalucía, Madrid, La Rioja).

También hay bonificaciones si, en el caso de que la donación sea un bien inmueble, el donatario (quien lo recibe) lo destina a vivienda habitual.

En el caso de que la donación consista en una suma de dinero para que el donatario compre una casa, habrá bonificaciones si dicha casa va a ser su residencia principal.

Evidentemente, si una persona ha tenido que pagar el impuesto de sucesiones y donaciones, no tendrá que tributar también en el IRPF por el concepto de ganancia patrimonial, ya que existe la regla de que no se paga dos veces por el mismo concepto.

Donaciones entre hermanos

Si una persona procede a realizar una donación a un hermano tiene una serie de ventajas fiscales, puesto que se trata de donación a familiares de segundo grado de consanguinidad.

Los requisitos son:

  • Donante y donatario han de ser mayores de edad o menores emancipados.
  • Han de estar en pleno uso de sus facultades mentales.
  • Ambas partes han de tener la capacidad mental para comprender las consecuencias de la donación.
  • El consentimiento de donante y donatario tiene que ser libre, consciente y sin mediar coacción, presión, amenaza, intimidación.

Cómo se calcula el impuesto de donaciones

1º Calcular la base imponible: implica sumar el valor de todos los bienes y restarle las deudas y cargas.

2º Calcular la base liquidable: se obtiene aplicando a la base imponible una serie de reducciones (estatales y autonómicas, en el caso de donaciones son autonómicas).

3º Calcular la cuota íntegra: se aplica a la base liquidable una escala progresiva, de forma que cuanto más se reciba más se paga.

4º Establecer la cuota tributaria: para ello se multiplica la cuota íntegra por unos coeficientes multiplicadores.

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