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¿Puede una persona emitir una factura sin ser autónomo?

Sí, pero con una serie de condicionantes y requisitos.

Por tanto, bajo una serie de premisas, una persona sí podría emitir factura sin ser autónomo por haber prestado un servicio ocasional a otra.

Concretamente, podrías hacerlo si se trata de facturas que no son habituales, sino ocasionales, de pequeña cuantía.

Pero si trabajas por cuenta ajena y además prestas servicios de vez en cuando a otras personas, sí tienes que darte de alta como autónomo. De todas formas, en estos casos tienes la ventaja de que al trabajar por cuenta ajena, la cuota mensual de autónomo será más pequeña.

Requisitos para facturar sin ser autónomo

Tres son los requisitos que hay que cumplir si una persona quiere emitir facturas de manera legal por prestar servicios a terceros y sin estar dada de alta como trabajador autónomo:

1º La persona tiene que estar dada de alta en Hacienda mediante los modelos 036 o 037. Este requisito es fundamental y no admite interpretación. Por tanto, si quieres emitir facturas sin ser un trabajador por cuenta propia, tienes que estar dado de alta en Hacienda, que es diferente de estar dado de alta como autónomo.

Esos modelos 036 y 037 cumplen la función de informar a Hacienda de los datos fiscales del contribuyente, la actividad económica que va a realizar y la elección del régimen de IVA e IRPF que le corresponde. Tras la presentación, se tendrá el NIF o Número de Identificación Fiscal, imprescindible para poder facturar.

2º Los servicios que se han prestado a otras personas han de ser algo ocasional (es decir, no puede ser habitual o regular). En este caso la interpretación consiste en que los servicios que facturas no son tu fuente principal de ingresos, no vives de ellos, sino que se trata de una pequeña vía que complementa tu fuente principal que es otra.

A efectos prácticos, se considera que una actividad es habitual cuando se realiza de forma continuada y sistemática, convirtiéndose en la principal fuente de ingresos de una persona.

3º Las ganancia económica de tus servicios prestados con factura sin ser autónomo ha de ser inferior al salario mínimo interprofesional (SMI). En 2024, este salario mínimo se sitúa en 15.876 euros anuales distribuidos en 14 pagas de 1.134 euros.

Cómo facturar como persona física sin ser autónomo

Hemos visto que si no estás dado de alta como autónomo, sí puedes emitir facturas por prestación de servicios a terceros siempre que estés dado de alta en Hacienda, que sea algo ocasional, y de una cuantía inferior al SMI.

Pero una cosa son los requisitos para poder hacerlo de manera legal, y otra diferente las obligaciones a las que estarás sujeto.

En efecto, al emitir facturas, aunque no seas autónomo, estás obligado, al igual que ellos, a declarar y pagar los impuestos correspondientes. Y por supuesto es aconsejable cumplir con ello, no solo por ser obligatorio, sino también porque hoy en día Hacienda tiene muy fácil detectar si no cumples con tu deber. Esto lo logra sencillamente cruzando datos e información, puesto que las personas a las que emites facturas sí lo declararán para poder obtener reducciones.

En las facturas que emitas tendrá que aparecer el IVA y la retención del IRPF.

La declaración de IVA deberás hacerla cada trimestre a través del modelo 303, donde se detallan las operaciones sujetas a este impuesto.

Respecto al IRPF anual, dependiendo de la cantidad, podrías necesitar pagos fraccionados a cuenta del IRPF a través del modelo 130.

El tipo de factura que has de hacer es el mismo que hacen los autónomos. Ha de contener de manera obligatoria una serie de información como:

  • Número y serie
  • Fecha
  • Nombre y apellidos
  • NIF
  • Domicilio del emisor y del receptor de la factura
  • Breve descripción de la prestación realizada
  • Hecho imponible
  • IVA (porcentaje)
  • Retención IRPF (porcentaje)
  • Cantidad total

También hay otro tipo de datos e información, que si bien no es obligatorio, sí es recomendable:

  • Fecha vencimiento de la factura
  • Método de pago: si es ingreso en cuenta bancaria se ha de indicar la entidad y el IBAN
  • Medio de contacto: teléfono o correo electrónico
  • Información adicional y observaciones

Una vez que has realizado esas prestaciones y has emitido sus respectivas facturas, tendrás que darte de baja de Hacienda utilizando de nuevos los modelos 036 o 037.

¿Recurrir a un tercero para facturar sin ser un autónomo?

Hay personas que intentar recurrir a la picaresca y para ello buscan a terceros, como por ejemplo las cooperativas de trabajo asociado.

No es nada recomendable que hagas esto, entre otras razones porque están continuamente en el ojo del huracán y la Inspección de Trabajo las tiene en su ojo avizor constantemente.

Consecuencias de facturar sin ser autónomo ni cumplir los requisitos

Las consecuencias son varias:

  • Si estás cobrando el paro, enseguida dejarás de percibir esa prestación.
  • También dejarías de poder optar a ciertas bonificaciones, como por ejemplo la de tarifa plana al darte de alta como autónomo.
  • Te impondrían multas económicas que pueden llegar a los 3.000 euros. El importe dependerá de la suma dineraria que se haya facturado y de cuánto tiempo se lleva realizando la prestación de servicios a terceros.
  • Y a todo ello habría que sumarle también los correspondientes intereses de demora.

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