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Qué es una quiebra

Una empresa se dice que está en quiebra cuando presenta una insolvencia económica. Es decir, que el saldo de su patrimonio es negativo y, por tanto, no es suficiente para poder hacer frente al pago de sus deudas u obligaciones de carácter pecuniario, con lo que se produce el cese permanente de su actividad.

Así pues, con la quiebra se inicia un proceso de carácter judicial de cara a proceder a la liquidación de la empresa que se presenta como insolvente e incapaz de pagar sus deudas.

El objetivo último de este proceso judicial es ver la deuda total que se tiene que pagar y proteger el patrimonio del que se dispone en ese momento para analizar qué parte de dicha deuda se procede a saldar cuando se liquide el patrimonio. Para ello, se nombra un administrador judicial que se encargará de este cometido.

Diferencia entre quiebra y suspensión de pagos

Generalmente se tiende a creer que quiebra y suspensión de pagos viene a ser lo mismo, y no es así.

La suspensión de pagos se produce cuando una empresa no dispone de liquidez puntual para poder pagar sus deudas y obligaciones. Es decir, se encuentra en una situación de incapacidad patrimonial, pero es algo temporal y más adelante podría tener recursos suficientes para cumplir con sus responsabilidades.

En cambio con la quiebra nos encontramos ante una situación de iliquidez definitiva, no es algo puntual, de manera que no puede pagar sus deudas ahora ni tampoco podrá hacerlo en el futuro.

Peculiaridades de la quiebra

La quiebra presenta una serie de rasgos propios:

  • Cuando una empresa entra en quiebra, estamos ante un hecho que no es temporal, de manera que será permanente en el tiempo y no tiene marcha atrás. De esta manera, la empresa quebrada jamás volverá a reanudar su actividad y finalmente desaparecerá.
  • Su incapacidad económica para poder hacer frente al pago de sus deudas y obligaciones implica que el saldo de su patrimonio es negativo, es decir, que el pasivo (deudas, préstamos, pagos a proveedores, nóminas de trabajadores, etc) es mayor que el activo o patrimonio (maquinaria, efectivo, local, oficina, naves, etc).
  • La quiebra es un proceso judicial debidamente regulado por la ley y que busca proteger el patrimonio que en ese momento disponga la empresa e intentar, al liquidarlo, poder saldar la mayor parte de las deudas existentes, evitando fraudes.

Consecuencias de la quiebra

Hay que aclarar que un juez no puede solicitar por su cuenta el proceso de quiebra de una empresa, únicamente pueden hacerlo los acreedores o el empresario.

En el caso de que sean los acreedores los que den comienzo al proceso de quiebra, el empresario dispone de un plazo temporal de 8 días para oponerse, plazo que comienza a computarse desde que recibió dicha notificación. Entre las razones para oponerse podrían enumerarse las tres más habituales:

  • Considera que las deudas ya se han extinguido, bien porque están abonadas o bien porque han prescrito.
  • Cree que el importe de las deudas es menor al que exigen los acreedores.
  • Reconoce la existencia de las deudas y su importe, pero piensa que la empresa dispone de activos suficientes para poder pagarlas, al menos más adelante.

En cualquier caso, deberá de demostrar sus argumentos.

Con el proceso de la quiebra, el titular de la empresa ya no podrá seguir administrando y gestionando la empresa, así como el patrimonio de la misma.

En su lugar, el juez designará a un administrador judicial para que se encargue de velar y salvaguardar el patrimonio existente de la empresa. Acto seguido, se procede a convocar a todos los acreedores de la empresa para comunicarles el nuevo escenario.

Tipos de quiebra

  • Voluntaria: este tipo de quiebra surge cuando el titular de la empresa es quien solicita este proceso judicial ante la incapacidad permanente (presente y futura) de poder pagar las deudas contraídas.
  • Necesaria: en este caso, son los acreedores de la empresa los que solicitan iniciar el proceso judicial.
  • Sobrevenida: la situación de iliquidez permanente de la empresa no se debe a actos u omisiones del empresario, es decir, a su gestión, sino a factores y elementos externos y ajenos a su voluntad, como por ejemplo una crisis de la economía, una recesión, la mala evolución del sector, etc.
  • Culpable: en este caso la iliquidez y saldo patrimonial negativo de la empresa sí es debido al empresario que con su mala gestión lo ha originado. No lo ha hecho deliberadamente, sino que su gestión ha sido negligente.
  • Fraudulenta: la quiebra surge porque el empresario, de manera consciente, deliberada y con mala fe, ha provocado la situación.

Cómo evitar la quiebra

Existen dos maneras de poder evitar una quiebra:

– Ampliación de capital: la finalidad consiste en incrementar el patrimonio de la empresa, de manera que los activos sean mayores que los pasivos, es decir, que se disponga del capital suficiente para poder pagar todas las deudas pendientes.

Para ello, la empresa puede optar por incrementar el número de acciones o bien el valor nominal de las mismas.

Para evitar que los accionistas pierden poder (al haber un mayor número de acciones, su trozo de tarta se diluye y es más pequeño), gozan del denominado derecho de suscripción preferente.

– Quita de deuda: el empresario intenta negociar con sus acreedores buscando alcanzar algún tipo de acuerdo que le permita, por ejemplo, reducir el importe de la deuda o bien aplazarla en el tiempo.

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