Vamos a ver qué es el testamento vital y cómo hacerlo, quién puede, qué se puede incluir en él, cuándo se puede hacer y qué precio suele tener.

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Qué es el testamento vital

Todos conocemos el testamento clásico, mediante el cual decidimos el festino de nuestros bienes una vez hemos fallecido.

Con el testamento vital lo que hacemos es decidir el destino de nuestro cuerpo tras fallecer y qué tratamientos no queremos recibir en caso de enfermedad irreversible. Fue en noviembre de 2002 cuando entró en vigor en nuestro país su regulación jurídica.

El testamento vital es un documento que hemos firmado y que recoge nuestro deseo acerca de varias cuestiones:

  • En vida: los tratamientos médicos que queremos recibir en caso de enfermedad grave o accidente.
  • Tras fallecer: el destino de nuestro cuerpo y órganos.

De esta manera, llegado el momento, los profesionales sanitarios estarán obligados a respetar nuestra voluntad recogida en el testamento vital.

Por tanto, con este tipo de testamento puedes dejar constancia por escrito de tu voluntad en el caso de que, llegado el momento, no puedas expresarla por ti mismo.

El testamento vital quedará registrado en el departamento sanitario de tu CC.AA, así como en tu historial clínico en la Sanidad Pública, de cara a que los profesionales puedan acceder a él fácilmente si te ingresan y poder de esta manera respetar tu voluntad.

Por supuesto, el testamento vital lo puedes modificar y anular cuando quieras.

El testamento vital recibe diferentes nombres según cada Comunidad Autónoma. Por ejemplo:

  • Documento de voluntades anticipadas: en Aragón, Baleares, Castilla-La Mancha, Cataluña, Euskadi, Navarra, Comunidad Valenciana.
  • Documento de Instrucciones Previas: en Asturias, Castilla y León, Galicia, La Rioja, Madrid y Murcia.
  • Voluntades Vitales Anticipadas: en Andalucía.
  • Manifestación Anticipada de Voluntades: en Canarias.
  • Voluntades Previas: en Cantabria.
  • Expresión Anticipada de Voluntades: en Extremadura.

Qué puedes incluir en el testamento vital

En el testamento vital podemos incluir muchas cosas, pero no pueden ir en contra de la ley, ese es el límite.

Las principales son las siguientes:

  • Si hemos sufrido una enfermedad que no tiene cura o es terminal, podemos indicar qué tratamientos no queremos recibir.
  • Si deseas no recibir medicamentos.
  • Si no quieres que te sometan a intervenciones quirúrgicas.
  • Recibir asistencia religiosa o no.
  • Si quieres que te lleven al hospital o bien que te atiendan en tu domicilio.
  • Pedir la eutanasia. Fue aprobada en España el 18 de marzo de 2021 en el Congreso de los Diputados por mayoría absoluta y el 25 de junio entró en vigor despenalizando la muerte asistida en algunas circunstancias. Aclarar que en aquellos casos o situaciones en los que no proceda legamente su aplicación, aunque en el testamento vital conste ejercer ese derecho, no se aplicaría.
  • También puedes designar un representante para que ayude a interpretar, si fuera necesario, las instrucciones recogidas en el documento.
  • Tras fallecer si quieres ser incinerado o bien enterrado.
  • Qué hacer con tu cuerpo y órganos, donarlos o no.

Quiénes pueden hacer testamento vital

No todas las personas pueden hacer un testamento vital, únicamente si cumples los siguientes requisitos:

  • Tener más de 18 años y por tanto ser mayor de edad. En el caso de tener entre 16 y 18 necesitarás estar emancipado.
  • Ha de ser una decisión libre, es decir, sin que nadie te obligue a ello ni te coaccione o amenace.
  • Tienes que estar en pleno uso de tus facultades. No puedes estar bajos los efectos de drogas, alcohol, medicamentos, enfermedad.
  • Tienes que hacerlo por escrito. Verbalmente no tendrá validez.

Una persona que esté incapacitada judicialmente no podrá hacerlo.

Cuándo se puede hacer un testamento vital

En cualquier momento de tu vida siempre y cuando cumplas los requisitos anteriores.

Cómo se hace un testamento vital

Hay tres maneras de hacer un testamento vital:

  • Mediante escritura pública. En este caso se realizaría ante un notario. Será el propio notario quien redacte un documento en el que se recojan tus deseos y lo autentificará con su firma.
  • De manera privada. Consiste en escribir un documento, pero necesitas tener tres testigos y dos de ellos no pueden ser parientes ni estar vinculados patrimonialmente con quien hace el testamento vital.
  • Ante la Administración. Puedes ir a un registro de Salud de tu Comunidad Autónoma y darle el documento al funcionario correspondiente, el cual dará fe del mismo.

Importante tener presente que el tema jurídico acerca del testamento vital está regulado por las Comunidades Autónomas, unas exigen unas cosas y otras no, por lo que deberías de consultarlo.

A modo de ejemplo:

  • En Madrid el registro ante notario no está permitido. Es necesario pedir cita en cualquier hospital público o en alguno de los 76 centros de Atención Primaria habilitados.
  • En Andalucía no se puede hacer ante notario ni como documento privado con testigos. Hay que pedir cita por teléfono a Salud Responde para registrar el testamento vital.
  • En Cataluña tienes que ir cualquier Centro de Atención Primaria, con cita previa, donde te ayudarán a rellenar el documento y ellos mismos lo registran.

Cuánto cuesta hacer un testamento vital

En torno a unos 60 euros.

Inscripción del testamento vital

Una vez hecho el testamento vital, tienes que registrarlo en el Registro de Voluntades Anticipadas de tu Comunidad Autónoma  y de esta manera también pasará a estar disponible para la Sanidad, de manera que si te ingresan o falleces, cuando accedan vía ordenador a tu historial clínico podrán ver si tienes testamento vital y su contenido, todo ello de cara a cumplir tus deseos.

Cuando vayas a registrar el testamento vital tienes que llevar una serie de documentación:

  • El documento donde has escrito tus deseos y que ha de estar firmado.
  • Tu historial clínico.
  • El DNI o pasaporte, tanto tuyo como de los tres testigos que necesitas.